Coronel Juan Darío Rodríguez Martínez, de la Policía Nacional.
Tunja, Boyacá. El Departamento de Policía Boyacá, a través del Coronel Juan Darío Rodríguez Martínez, está recordando a todas las comunidades del país, que una vez surtido el proceso de socialización del Nuevo Código de Policía, comprendido entre el 30 de enero y el 30 de julio de 2017, a partir de la fecha los comparendos ya no serán pedagógicos, sino en dinero en efectivo.
Desde la implementación del Código Nacional de Policía y Convivencia se generaron 158.153 medidas correctivas, aplicando 7.245 comparendos, obtenido reducciones significativas en lesiones comunes con un 16% con 273 casos menos de personas lesionadas en comparación con el año inmediatamente anterior.
Un análisis de los Resultados del Registro Nacional de Medidas Correctivas en el periodo comprendido del 30 de enero al 30 de julio de 2017, determinó el TOP 10 de los comportamientos que más afectan la convivencia, los más recurrentes son:
Artículo. 27–Nº.1, 2, 3, 4. Reñir o incitar a confrontaciones violentas, 12506 CASOS, multa general tipo 2, $196.720, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 27–Nº.6 Portar armas elementos cortantes punzantes o semejantes, 49020 CASOS, multa general tipo 2, $196.720, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 33–Nº2 Lit. C Consumir sustancias alcohólicas psicoactivas o prohibidas no autorizados para su consumo, 216 CASOS, multa general tipo 2, $196.720, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 35-Nº 1 Irrespetar a las autoridades, 8123 CASOS, multa tipo 2, $196.724, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 35-Nº2 Incumplir desacatar desconocer e impedir la función o la orden de policía, 1080 CASOS, multa general tipo 4, $786.880, 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 35–Nº.3 Impedir dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización por parte de autoridad de policía, 2376 CASOS, multa general tipo 4, $786.880, 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 140-Nº 4 Ocupar el espacio público en violación a las normas vigentes, 5808 CASOS, multa general tipo 1, $98.360, 4 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 140–Nº7 Consumir sustancias alucinógenas o alcohólicas en vía pública, 9250 CASOS, multa general tipo 2, $196.720, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 140–Nº.8 Portar sustancias prohibidas en espacio público, 6802 CASOS, multa general tipo 2, $196.720, 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Artículo. 140-Nº11 Realizar necesidades fisiológicas en vía pública, 4482 CASOS, multa general tipo 4, $786.880, 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Las diez medidas más recurrentes:
Multa General Tipo 4 – 1.126.
Multa General Tipo 3 – 197.
Multa General Tipo 2 – 1.259.
Multa General Tipo 1 – 152.
Amonestación – 57.
Destrucción del bien – 930.
Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público – 1.106.
Quedamos pues advertidos de lo que se viene con el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia.